El otro día llegó a nuestra consulta la siguiente pregunta que nos gustaría responder sobre si es necesario avisar si nos vamos del trabajo: “Querría saber si con un contrato temporal de cerca de un año en el que hay tres meses de prueba, cuando ya estuve con anterioridad en la empresa, puedo irme sin ser obligado a avisar con 15 días de antelación. Llevo trabajando 1 mes.”
Veamos, en primer lugar, de qué tipo de contrato estamos hablando. Un contrato temporal comporta que se contrata a un trabajador por un tiempo determinado en la empresa. Sin embargo, no es un solo tipo de contrato, sino que existen distintas clases de contratos temporales, como son el contrato por obra y servicio, contrato eventual, contrato por sustitución, entre otros. Es importante conocer los distintos contratos temporales existentes puesto que, en algunos de esos contratos, su duración se determina por el objeto del contrato (por ejemplo, el contrato dura mientras no finalice la obra) y, en otros casos, existe una fecha determinada de finalización.
Sin embargo, aunque la naturaleza del contrato sea la temporalidad, ello no significa que no exista en algunos casos la obligación de preavisar, tanto para el empresario como para el propio trabajador. De hecho, tiene su relevancia en el sentido de que, si en un contrato temporal ninguna de las partes comunica la voluntad de extinguirlo y llega la fecha de finalización, el contrato temporal se entiende tácitamente prorrogado hasta su duración máxima.
Qué pasa si no aviso con 15 días de antelación
Por norma general, cuando el contrato temporal tiene una duración de más de un año, tanto la empresa como el trabajador tienen la obligación de preavisar sobre su voluntad de finalizar el contrato con 15 días de antelación a la fecha prevista para la extinción del contrato. Sin embargo, tenemos que tener en cuenta que, en el convenio colectivo aplicable al ámbito de la empresa o en el propio contrato de trabajo, puede establecerse un plazo distinto de preaviso.
Si se incumple el aviso anticipado por el trabajador en los casos en que es obligatorio, comporta una penalización, que se suele regular mediante el Convenio Colectivo aplicable o por el propio contrato de trabajo. Si no se determina nada en ambas fuentes, por norma general, el empresario podrá descontar un día de salario en el finiquito por cada día de preaviso que no haya realizado el trabajador. Todo ello, sin perjuicio de que la empresa pueda reclamar con posterioridad los daños y perjuicios ocasionados en la actividad empresarial.
¿Cuándo no es necesario dar preaviso?
No sucede así cuando un contrato temporal tiene una duración inferior a un año, pues se puede finalizar en cualquier momento por el empresario o por el trabajador, sin ninguna necesidad de dar los supuestos 15 días de antelación (o los que pertoquen según convenio). Tampoco es necesario el preaviso del empresario o del trabajador si, en el momento de ser contratados de forma temporal, nos encontramos durante el período de prueba. Ahora bien, en estos casos, y como hemos indicado con anterioridad, siempre es importante atender que no se establezca un plazo de preaviso concreto en el contrato de trabajo o en el convenio colectivo aplicable.
¿Qué derechos tengo si causo baja voluntaria?
Cuando el trabajador es quién comunica su voluntad de extinguir el contrato temporal, equivale a una baja voluntaria del trabajador, con lo cual se tendrá derecho al finiquito para liquidar los conceptos adeudados por el empresario en la relación laboral, pero no se tendrá derecho a indemnización ni a la prestación por desempleo.
¿Qué pasa si te vas de un trabajo sin preaviso?
Si se incumple el aviso anticipado por el trabajador en los casos en que es obligatorio, comporta una penalización, que se suele regular mediante el Convenio Colectivo aplicable o por el propio contrato de trabajo. Si no se determina nada en ambas fuentes, por norma general, el empresario podrá descontar un día de salario en el finiquito por cada día de preaviso que no haya realizado el trabajador. Todo ello, sin perjuicio de que la empresa pueda reclamar con posterioridad los daños y perjuicios ocasionados en la actividad empresarial.
En el supuesto hecho que se nos ha planteado, entendiendo que el contrato tiene una duración inferior a un año, no sería necesario ningún tipo de preaviso por parte del trabajador, sin importar el tiempo que lleve trabajando para la empresa. Si bien, siempre es conveniente preavisar con tiempo suficiente para evitar perjuicios en la empresa. No obstante, sería recomendable asegurarse sobre la duración concreta del contrato y la fecha en que finaliza, así como sobre la regulación que se hace sobre el preaviso en el contrato en cuestión o en el Convenio Colectivo, para asegurarnos que realmente no estamos obligados a preavisar.
¿Cómo avisar a la empresa de que me voy?
Lo más lógico es comunicar a la empresa la baja voluntaria a través de una reunión con los responsables más inmediatos y el responsable de RRHH. No obstante, además de la comunicación verbal, es importante hacerlo a través de una carta por escrito, en la que se indique la decisión tomada y, si lo deseas, describir brevemente el motivo (aunque no es obligatorio). Al mismo tiempo, es interesante incluir un agradecimiento a la empresa, por el tiempo de proyecto compartido. No olvides incluir en la carta todos estos elementos:
- La fecha en la que se comunica la baja
- Los datos de la empresa (razón social, CIF y dirección)
- Los datos del empleado (nombre, apellidos y DNI)
- Indicar con claridad que dejas tu puesto de trabajo
- Señalar la fecha exacta en la que dejarás de trabajar en la empresa
La empresa deberá firmar la carta para certificar su recepción.
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Alexandre Fontelles es director del bufete de abogados laboralista Fontelles Abogados. Escribe en su blog de derecho laboral y publica vídeos con consejos semanales en el canal de YouTube Fontelles Abogados
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