Uno de los derechos más importantes que tienen los trabajadores/as en España es la prestación por desempleo, lo que comúnmente se ha llamado el paro, un respaldo económico que perciben cuando se quedan sin trabajo y les sirve para seguir con su vida, personal y familiar, mientras buscan una nueva oportunidad laboral. El sistema de desempleo en España está regulado por el Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, por el que se desarrolla la Ley 31/1984, de 2 de agosto, de Protección por Desempleo.
Pero, ¿tienen todas las personas derecho a percibir la prestación por desempleo? ¿En qué casos pueden obtenerla y en cuáles no? A continuación, veremos cómo se determina la concesión del paro en España.
Requisito para percibir la prestación por desempleo: estar dado de alta en la Seguridad Social
Uno de los primeros requisitos para tener derecho a la prestación por desempleo en España es estar dado de alta en la Seguridad Social. Esto significa que has estado cotizando a la Seguridad Social mientras estabas empleado/a. La Seguridad Social es el sistema de seguridad pública que proporciona soporte económico a los ciudadanos en situaciones de desempleo, entre otras prestaciones vinculadas a la salud y el bienestar. Puedes comprobar si has estado dado de alta descargando el informe de vida laboral.
Haber perdido el trabajo involuntariamente para poder solicitar la prestación por desempleo
Para poder obtener la prestación por desempleo, tienes que haber perdido el trabajo de manera involuntaria. Esto significa que en caso de renunciar voluntariamente a tu trabajo, no tendrás derecho a percibirla. Existen algunas excepciones, como los casos de mujeres que han sufrido violencia de género o sexual. Y es que en estos casos, el contrato de trabajo puede extinguirse voluntariamente, pero por causas ajenas a tu voluntad. Aquí la trabajadora tiene derecho a percibir la prestación y el periodo de suspensión se considera como trabajado por el sistema de la Seguridad Social.
Cumplir con el periodo de cotización para cobrar el paro
Lo que se solicita en términos generales es haber cotizado un tiempo concreto para adquirir el derecho de cobrar la prestación por desempleo. La cantidad de días cotizados determina el tiempo durante el que se podrá percibir la cotización y los recoge el Artículo 3 de la Ley de Protección por Desempleo:
- Haber cotizado desde 180 hasta 359 días: 90 días de prestación
- Haber cotizado de 360 hasta 539 días: 180 días de prestación
- Haber cotizado de 540 hasta 719 días: 270 días de prestación
- Haber cotizado de 720 hasta 899 días: 360 días de prestación
- Haber cotizado de 900 hasta 1.079 días: 450 días de prestación
- Haber cotizado de 1.080 hasta 1.259 días: 540 días de prestación
- Haber cotizado de 1.260 hasta 1.439 días: 630 días de prestación
- Haber cotizado 1.440 días: 720 días de prestación
En general, debes haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años antes de perder tu empleo para tener derecho al paro. Sin embargo, el período de cotización requerido puede variar según tu edad y situación específica. Por ejemplo, si eres menor de 25 años, es posible que necesites menos días cotizados para calificar.
Estar en situación legal de desempleo
Para solicitar el paro, debes estar en una situación legal de desempleo. Esto significa que no puedes estar trabajando actualmente ni recibir otro tipo de prestación o subsidio similar. El Artículo 15 de la citada ley reconoce una serie de incompatibilidades que hacen imposible el cobro del desempleo:
- Si se desarrolla un trabajo retribuido por cuenta ajena a tiempo completo y la inclusión de cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social.
- Si se realiza algún trabajo por cuenta propia que no imple la inclusión obligatoria en la Seguridad Social.
- Si llevan a cabo actividades de investigación o cooperación retribuidas en dedicación exclusiva.
- Si se está en ejercicio de cargos públicos o sindicales o altos cargos retribuidos de la Administración en dedicación exclusiva.
- Si se percibe alguna pensión o prestación de carácter económico de la Seguridad Social (contributiva o no contributiva).
Además, si un trabajador/a está percibiendo una prestación por desempleo y consigue trabajar a tiempo parcial, el importe de la prestación por desempleo se le deducirá proporcionalmente. Por otra parte, si se realizan dos trabajos a tiempo parcial y uno de ellos se pierde, también se tiene derecho percibir la prestación de desempleo sin deducción alguna hasta que obtenga otro trabajo a tiempo parcial o, lógicamente, hasta que finalice la misma.
Inscribirse como demandante de empleo para poder percibir la prestación
Una vez que pierdas tu trabajo, debes inscribirte como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Este registro es esencial para recibir el paro y debe hacerse dentro de un plazo determinado después de perder el empleo. En el Artículo 6 de la Ley del Desempleo se indica claramente que esta inscripción debe formalizarse antes de los 15 días siguientes a la pérdida del empleo, esto es, de la extinción del contrato de trabajo.
No haber agotado tu prestación por desempleo anterior
Si has recibido prestaciones por desempleo anteriormente, es importante verificar si todavía tienes derecho a una nueva prestación. En algunos casos, es posible que hayas agotado tus beneficios anteriores. Debes tener en cuenta que, en términos generales, tienen que haber transcurrido más de tres meses para poder volver a cobrar el paro. Es verdad que si te han contratado en un puesto nuevo, pero no superas el período de prueba y la empresa decide prescindir de ti, sí tendrás derecho a cobrar una prestación por desempleo.
Cumplir con otros requisitos específicos para cobrar la prestación por desempleo
Además de los requisitos generales mencionados anteriormente, es posible que existan requisitos adicionales dependiendo de tu situación individual, como tener responsabilidades familiares, discapacidad o haber trabajado en el extranjero. ¿Qué te recomendamos hacer en estos casos? Comprobar al milímetro qué se solicita en cada caso y qué no, porque hay muchas excepciones.
En la página del SEPE tendrás la opción de seleccionar tu situación específica, de entre las siguientes:
- Haber trabajado más de un año
- Haber trabajado menos de un año
- Estar afectado un ERE o ERTE
- Estar en situación de maternidad o paternidad
- Estar de baja por incapacidad temporal
- Prestación especial de artistas
- Querer trabajar por cuenta propia
- Ser una persona trabajadora al servicio del hogar
- Ser una persona trabajadora del campo
- Ser emigrante que ha retornado a España
- Querer regresar a su país de origen
- Ser víctima de violencia de género o sexual
- Haber salido de prisión
- Haber mejorado de una incapacidad
Por tanto, es muy importante que localices tu casuística para comprobar cuáles son los requisitos y condiciones específicas. Si tienes alguna duda, busca asesoramiento profesional o contacta con el SEPE para obtener información actualizada y específica sobre tu situación.
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