Se se produce un despido del puesto de trabajo tienen que cumplirse una serie de formalidades ajustadas a la legalidad vigente. De hecho, como profesional debes saber que entre los consejos para asumir un caso de despido, también está el de saber actuar con decisión y seriedad, solicitando aquella documentación que sea preceptiva, en caso de que la empresa no cumpla con sus obligaciones.
Y para ello tendrás que estar bien informado de todo. ¿Sabes qué hay que hacer en caso de despido? ¿Tengo que solicitar yo la documentación o debe proporcionármela la empresa? ¿Qué pasa si el empresario no cumple con sus obligaciones? Resolvemos todas estas dudas, a continuación.
Primer paso: la comunicación del despido
Puede que no sea así, pero muchas veces el despido pilla a los profesionales desprevenidos. Tu jefe o el profesional de RRHH te llaman al despacho y te comunican que han decidido no contar más contigo. ¿Qué hay que hacer en estos casos? Bueno, lo más normal es que te indiquen el motivo: recuerda que deben comunicártelo con un mínimo de 15 días de antelación. Por eso debes saber que hay dos tipos de despidos:
- Despido objetivo: motivado por causas imputables a la empresa o por causas imputables al trabajador/a
- Despido disciplinario: cuando está motivado por parte de alguna falta o comportamiento grave por parte del trabajador/a
Si estás conforme con el despido (es decir, está claro que no es un despido improcedente) tendrás que seguir adelante aceptando el despido. Si crees que existe algún tipo de incongruencia y quieres elevarlo a una demanda, las acciones a emprender serán otras.
¿Qué tiene que hacer el empresario en caso de despido?
Lo que hará la empresa para formalizar el trámite es llamarte y entregarte la siguiente documentación:
- La carta de despido: en la que se te indica el despido, las causas y la fecha en la que tendrá efecto.
- La indemnización (si no es un despido disciplinario): debidamente justificada, ya sea a través de un cheque bancario o mediante transferencia al a cuenta donde se ingresa la nómina todos los meses.
¿Qué tiene que hacer el empleado o empleada en caso de despido?
Si todo está en orden, estarás obligado a firmar la carta de despido. De hecho, siempre es mejor acabar la relación con cordialidad y evitando enfrentamientos, a no ser que se produzca alguna ilegalidad, muy a pesar de que estés triste, enfadado o disgustado con la decisión. En cualquier caso, es muy importante que solicites una copia de todos los documentos que firmes. Esto incluye:
- La carta de despido
- La indemnización o finiquito que te corresponde
Asegúrate de que todos los documentos incluyen el sello de la empresa y la firma del responsable.
Además, si has tenido que devolver objetos o bienes (ordenador, móvil, coche de empresa…), en el momento de realizar la devolución, exige un documento firmado en el que se indique que, en efecto, todos los efectos han sido entregados a la organización.
En el caso de que se indiquen cantidades a devolver, pero todavía no las hayas cobrado, escríbelo de igual forma en los documentos. Es decir, puedes firmar, pero anota siempre PENDIENTE DE COBRO.
¿Me puedo negar a firmar la documentación si no estoy conforme?
Siempre hay que firmar la recepción de los documentos si estos son correctos (esto es, cuentan la fecha, la firma y el sello de la empresa). Pero si no estás conforme, tendrás que firmar todas las hojas escribiendo NO CONFORME en cada una de ellas.
Que indiques tu disconformidad no será ningún obstáculo para que puedas solicitar la prestación por desempleo, así que no te preocupes por ello. Tampoco te impedirá presentar una demanda judicial.
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