Si estás de baja por enfermedad o incapacidad es posible que tengas dudas acerca de aquello que puedes o no puedes hacer, especialmente si la actividad a realizar implica salir de casa o desplazarse. Es muy importante que sepas que no existe ninguna disposición legislativa en España que impida a una persona que está de baja por enfermedad o incapacidad salir de su domicilio o viajar de un lugar a otro.
No obstante, debemos ser cautos/as y tener en cuenta que la Ley General de la Seguridad Social deja claro que un trabajador/a que actúe de forma fraudulenta puede perder el subsidio, dependiendo de la actividad que haya llevado a cabo, especialmente si la empresa se percata de ello y decide acudir a juicio. A continuación, resolvemos todas tus dudas sobre esta cuestión.
¿Qué significa estar de baja por enfermedad o incapacidad temporal?
La baja por enfermedad o incapacidad es un derecho laboral básico, con el que se protege a los trabajadores/as cuando presentan una situación médica que les impide desempeñar sus funciones laborales de manera óptima y efectiva. Durante este período, los empleados/as pueden recuperarse sin tener que preocuparse por perder ingresos y garantiza que no sean penalizados por sus condiciones de salud.
¿Qué tipos de bajas existen y qué implicaciones tienen?
Es crucial distinguir entre los diversos tipos de baja, ya que cada uno puede tener implicaciones diferentes en cuanto a la movilidad del individuo. Algunos de los tipos más comunes incluyen:
1. Baja médica por Incapacidad Temporal (IT)
Esta es una baja pensada para cubrir a los empleados/as que se enfrentan a una enfermedad o lesión temporal que les impida trabajar. Es cierto que nada puede impedirles salir de casa, especialmente si tienen que ir al médico, al hospital o a solventar alguna urgencia, pero lo más lógico es que teniendo en cuenta que la persona estará indispuesta, se quede en casa para recuperarse. Parece de puro sentido común, pues, que salir de casa para realizar actividades recreativas o no esenciales no es una buena idea.
2. Baja por enfermedad o incapacidad de larga duración
Cuando la enfermedad o incapacidad es más grave y prolongada, entre en juego la baja de larga duración. Este tipo de baja puede extenderse durante meses o incluso años, dependiendo de la condición de salud del empleado/a. En este caso es más probable que recibamos llamadas por parte de la mutua, peticiones de reconocimiento médico y valoraciones por parte de tribunales. Por tanto, del mismo modo, es conveniente limitar la actividad fuera de casa, especialmente si las salidas afectan negativamente a la pronta recuperación del individuo.
3. Baja por maternidad o paternidad
La baja por maternidad o paternidad se otorga a los padres para cuidar de un recién nacido/a o adoptado/a, aunque en realidad no se trata de una baja, sino de un permiso. En este caso, lógicamente, no hay ninguna restricción que pueda implicar que nos quedemos en casa para cuidar del hijo/a. Por tanto, si el bebé y la madre se encuentran bien, pueden viajar, salir a pasear y disfrutar del tiempo de ocio con toda libertad y tranquilidad.
¿Qué responsabilidades debemos tener presentes si estamos de baja?
Aunque estas recomendaciones no estén escritas negro sobre blanco en ninguna ley, nosotros te diríamos que:
- Sigas las indicaciones médicas. Será un facultativo/a el que deba indicarte cómo recuperarte. Puede que sea fundamental acudir a fisioterapia o pasear a diario para adquirir movilidad.
- Comunícate con tu empresa. Tienes todo el derecho a acogerte a la baja médica y ninguna obligación de comunicar qué te ocurre. No obstante, y siempre que lo veas conveniente, comunícate con tus responsables para contarles lo que necesites o consideres., pero siempre es interesante que puedas contactar con tu jefe/a para contarle qué ha ocurrido y cómo va evolucionando tu salud.
- Conoce las políticas de la organización. Familiarízate con las políticas de la empresa para evitar malentendidos y garantizar que estás cumpliendo con las normas.
¿Qué sanciones se pueden aplicar por salir de casa estando de baja?
En realidad, ninguna. Todas las personas trabajadoras tienen derecho a salir de su casa aunque estén de baja por enfermedad o incapacidad temporal. Otra cosa es que en estas salidas se realicen actividades desaconsejadas para la recuperación del individuo y la empresa las detecte.
Si la organización las observa, podrían perderse ciertos derechos laborales, como el salario durante la baja o el subsidio por desempleo, al facilitarse un despido procedente. Por tanto, siempre hay que ser cauto y prudente, además de buscar asesoramiento médico y legal para garantizar que todas las decisiones que se toman son informadas y se ajustan a la norma.
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