Las empresas están obligadas a registrar la jornada laboral de los trabajadores y trabajadoras desde que se aprobó la denominada ley del control horario, que es el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. De este modo se exige a las empresas guardar un registro (durante al menos cinco años) de las entradas y salidas de los trabajadores. Con ello se intenta luchar contra el fraude laboral y los excesos de jornada.
Pero, ¿qué pasa con el tiempo que se consume dentro del horario pero en el que no se trabaja estrictamente? Muchos empleados y empleadas siguen saliendo a fumar o a tomar un café dentro de su horario laboral y este tiempo sigue considerándose como tiempo de trabajo efectivo, dentro de su jornada de trabajo.
Fichar para salir a fumar o tomar un café
El caso es que a partir de ahora, el hábito de salir del trabajo dentro del horario laboral para fumar o tomar un café podría acabarse. Y es que según una sentencia del Tribunal Supremo, los trabajadores y trabajadoras que salgan tendrán que fichar la entrada y la salida. Por tanto, ese tiempo fuera de su lugar de trabajo no se computará dentro de la jornada laboral.
Esto es lo que dice el Supremo sobre salir a fumar
Ya lo avaló con una sentencia la Audiencia Nacional: las pausas para fumar o tomar el café tenían que descontarse de la jornada laboral. Así se desestimaba una demanda interpuesta por el sindicato CC.OO. contra la empresa Galp, que obligaba a sus trabajadores y trabajadoras a fichar cuando salían a fumar o tomar un café. Esto sucedió a partir de 2019, cuando se puso en marcha la ley de control horario y la empresa aprovechó para introducir un nuevo sistema de fichajes, a través de tornos y con una nueva app.
Desde entonces la compañía exige a su gente que el tiempo que se pierde (fumando, tomando un café o saliendo a tomar aire) no se cuente como tiempo efectivo de trabajo, sino que sea tiempo de descanso. Esto significa que los empleados y empleadas tienen que recuperar ese tiempo para cumplir con su jornada.
Como el sindicato no estaba de acuerdo con esa sentencia, recurrió ante el Tribunal Supremo. Ahora el ente ha desestimado el recurso de casación y ha dado la razón de nuevo a la compañía. Una sentencia de este tribunal basta para que se cree jurisprudencia, así que si ahora mismo una empresa considera que sus empleados tienen que fichar cuando salgan a fumar o tomar un café, podrán hacerlo si quieren, de ahora en adelante.
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