Te resumimos las ayudas que reciben los siguientes colectivos:
Jóvenes hasta 30 años (y hasta 35 en el caso de las mujeres). Los jóvenes menores de 30 años que quieran darse de alta como autónomos podrán beneficiarse de una deducción de hasta el 25% de la cuota mínima de la Seguridad Social. Las mujeres emprendedoras se beneficiarán de esta cuota siempre y cuando no superen los 35 años en el momento de darse de alta.
Mujeres que hayan tenido un hijo. Al reincorporarse a la actividad después del parto, estas trabajadoras podrán beneficiarse del 100% de la bonificación del pago de la base mínima durante un año. Eso sí, tendrán que empezar a trabajar antes de que transcurran 2 años desde el parto. Asimismo, los trabajadores/as que tengan que ser sustituidos por otra persona en su descanso maternal tendrán una bonificación del 100% de la cuota durante los meses de permiso.
Trabajadores con alguna discapacidad. En estos casos, la bonificación de la cuota es del 50% durante cinco años. Pueden acogerse a ella todos los freelancers que tengan alguna discapacidad y que se hayan dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.
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