6 tips para organizar tu trabajo antes de las vacaciones
26 de marzo de 2017
Suele ser una tónica habitual de muchos clientes que vienen al despacho tener problemas con sus turnos, sus horarios o jornadas inacabables, especialmente en sectores como la hostelería, educación, sanidad, comercio o banca.
En la última Encuesta de Población Activa (EPA), algunos medios de comunicación se hicieron eco de que más de la mitad de las horas extra del segundo trimestre del año no se pagaron. Concretamente un 53,7% de las horas extraordinarias no se compensaron ni con tiempo ni con dinero, o, lo que es lo mismo, cada semana de las 6,2 millones de horas extra trabajadas por el conjunto de españoles, solo 2,8 fueron abonadas.
Pero ¿qué puede hacer un trabajador delante de algunas injusticias?, ¿está obligado a hacer horas extra? En general, tanto la jornada como el horario vendrán determinados por el convenio aplicable, y en su defecto, regirá el Estatuto de los Trabajadores.
Las horas extras, ¿cómo se abonan?
Las horas extraordinarias son aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo.
Mediante el convenio o el contrato individual se abonarán estas horas en función de la cuantía fijada, pero nunca podrá ser inferior a la hora ordinaria y también pueden ser compensadas por tiempos equivalentes de descanso.
Por ejemplo, hay compañías que pagan 1,5 veces la hora extra en vez de pagarla como las horas ordinarias. Otro supuesto: si cobrases 10€ la hora, te pueden pagar 15€ (o 12€, o 18€, o 20€…) la hora extra o darte 1,5h (o 1,3h, o 2h o 2,3h…) de descanso. Las empresas no están obligadas y, de nuevo, hay que remitirse a lo que ponga el convenio o el contrato.
Si no hubiera pacto al respecto, el Estatuto de los Trabajadores lo deja claro y deberán ser compensadas durante los 4 meses posteriores a la realización.
Ha de haber al menos 12 horas entre el final de una jornada de trabajo y el inicio de la siguiente Click to tweet
80 horas extras al año
El número de horas extras no puede ser superior a 80 al año para aquellos trabajadores que estén a jornada completa durante todo un año.
La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo que se haya pactado previamente en el convenio colectivo o en el contrato individual de trabajo, o en causas de fuerza mayor, tales como ayudas a la reparación por una inundación o incendio. No hacerlo en este supuesto podría significar una suspensión de empleo y sueldo.
Otras consideraciones
- Recuerda que tiene que haber al menos 12 horas entre el final de una jornada de trabajo y el inicio de la siguiente, aunque algunos convenios lo reducen a 10. Si la diferencia fuera menor al mínimo tiempo exigible, este periodo se acumularía en horas de descanso.
- El Gobierno tiene potestad para eliminar o reducir el número máximo (80 al año) de horas extraordinarias por tiempo determinado en determinados sectores para fomentar las oportunidades de colocación de los trabajadores.
- Los menores de edad no pueden trabajar más de 8 horas al día en ningún caso y no podrán hacer horas nocturnas.
Esperamos que con estas consideraciones tengas claros algunos puntos clave a tener en cuenta a la hora de realizar tu jornada laboral. Recuerda: No estás obligado a hacer horas extraordinarias y hay mecanismos de prevención ante los abusos, como podría ser una denuncia a la Inspección de trabajo o una demanda judicial. Si este fuera el caso, siempre recomendamos guardar documentos acreditativos de haber realizado jornadas maratonianas, como podrían ser correos electrónicos, SMS o WhatsApp.
Alexandre Fontelles es director del bufete de abogados laboralista Fontelles Abogados. Escribe en su blog de derecho laboral y publica vídeos con consejos semanales en el canal de YouTube Fontelles Abogados
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