En algunas ocasiones hay empresarios que formalizan con sus trabajadores contratos que no cumplen con la normativa laboral básica en materia de contratación, por lo que cabe calificarlos perfectamente como ilegales.
Para que dichos contratos sean ilegales han de ser, de base:
– Contrarios a lo dispuesto en el Código Civil en lo relativo a los requisitos esenciales de todo contrato (consentimiento, objeto y causa).
– Contrarios a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores en lo relativo a la adecuada utilización de las modalidades contractuales y al cumplimiento de las disposiciones que rigen las condiciones laborales en nuestro país.
Respecto a estos puntos citados, me parece importante matizar que no todos los contratos que incorporan cláusulas ilegales se pueden calificar como tales. El Art. 9 del Estatuto de los Trabajadores («validez del contratos») contempla que «si resultase nula sólo una parte del contrato de trabajo, éste permanecerá válido en lo restante». Por tanto, en este apartado quedan encuadradas las llamadas «cláusulas abusivas» de los contratos, que se anularían manteniendo en vigor el resto del contrato.
Voy a compartir una serie de ejemplos en los que nos encontraremos ante un contrato de trabajo ilegal:
1. Falsos autónomos
Contratos de trabajo simulados en los que se trata de evitar la aplicación de la normativa laboral, como sucede en el caso de los “falsos autónomos”, en los que se trabaja dado de alta como trabajador autónomo a todos los efectos, pero se está enmascarando una auténtica relación laboral.
2. Contratos simulados
Contratos de trabajo simulados a los que, al contrario que en el caso anterior, se les da la oportuna cobertura bajo normativa laboral, sin existir verdadera relación laboral, para beneficiarse de lo dispuesto en dicha normativa. Por ejemplo, contratos que se celebran con el único objetivo de generar derecho al cobro de prestaciones de desempleo o de seguridad social.
3. Cesión ilegal de trabajadores
Existe simulación contractual cuando el contrato lo firma un empresario aparente, que se presenta como responsable empresarial, encubriendo al empresario real. Esta figura es la denominada «cesión ilegal de trabajadores»: cuando los empresarios hacen uso de ella es para eludir responsabilidades laborales frente a los trabajadores, como en materia de prevención de riesgos laborales o salariales y de cotización. En España únicamente están habilitadas legalmente para ceder trabajadores a otras empresas, las Empresas de Trabajo Temporal.
4. Contratos temporales simulados
Otro caso claro, y muy recurrente, de contrato ilegal es el del contrato temporal simulado, es decir, formalizado sin que exista causa real para la contratación temporal, encubriendo así una verdadera relación laboral de carácter indefinido. Como por ejemplo, en el caso de celebración de contratos de obra o servicio sin que exista una obra real diferenciada de la actividad normal de la empresa (en estos casos, el contrato se entenderá a todos los efectos celebrado con carácter indefinido al no existir causa para su celebración temporal).
5. Contratos «a tiempo parcial»
Nos podemos encontrar también, con sorprendente frecuencia, contratos de trabajo formalizados a tiempo parcial, siendo la realidad de los mismos que el trabajador trabaja las mismas o más horas que los compañeros con contrato a tiempo completo. En ese caso, el trabajador podrá demandar a la empresa tanto en vía judicial como ante la Inspección de Trabajo, debiendo acreditar las afirmaciones de su demanda, para regularizar su situación a todos los efectos.
6. Titulación del trabajador
Los Tribunales han entendido, en alguna ocasión, que la falta de titulación del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo imposibilita dar cumplimiento al objeto mismo del contrato y, por tanto, es ilegal.
7. Contratos de prácticas encubiertos
Finalmente, tampoco es legal encubrir una relación laboral bajo el paraguas de una beca o de un convenio de prácticas.
Para ir concluyendo, es importante que sepáis que, en caso de que estéis siendo perjudicados por el empresario al simular ciertos elementos del contrato, tenéis la posibilidad de iniciar acciones legales frente a él.
Javier Echeburúa es abogado especializado en Relaciones laborales y autor del blog Diálogo Laboral
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